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Individualismo metodológico sobre el aborto. Las responsabilidades no nacen del bien común. Respuesta a Albert Esplugas (II)

Individualismo metodológico sobre el aborto. Las responsabilidades no nacen del bien común. Respuesta a Albert Esplugas (II)

Albert Esplugas contesta mi crítica, a raíz de una nota que escribió en relación al aborto y obligación de cuidar a los niños por parte de sus progenitores. Uno de los puntos que no veía claro en la nota de Albert fue la siguiente afirmación: "los padres estarían obligados a cuidar de sus hijos". Albert nos lo relata matizando, con otros artículos, el significado de "obligados". Es una explicación más plausible:

"Los padres pueden traspasar el niño a otra familia (dadas ciertas condiciones que comento en la discusión del segundo artículo) sin que el sustento se vea interrumpido".

No voy entrar en esto, que ahora es secundario en esta nota, pero Albert, aunque lo niega en su segundo artículo, concibe totalmente que el niño es propiedad privada de los padres, o de la madre al menos. Para demostrar lo contrario hace una serie de piruetas qué no sé muy bien como se sostienen. Tal vez esto nos de pie a otra nota, pero de momento lo dejamos aquí para centrarnos en lo realmente importante para esta discusión.

Empezamos con lo interesante. Albert insiste en mantener unas obligaciones positivas fuera del contrato:

"Por otro lado, no entiendo a qué viene tanta reverencia por las obligaciones positivas derivadas de los contratos cuando se niega la obligación positiva que es consecuencia de poner a alguien en peligro".

Si la obligación positiva está fuera del contrato, ¿qué sentido tiene? Ninguna. Una obligación positiva es la contraparte, la deuda, de un contrato donde las partes han acordado una serie de derechos y obligaciones. La obligación positiva fuera del contrato, en una visión liberal, no tiene sentido alguno, es colectivismo. Son obligaciones nacidas de un jerarca moral. La relevancia es importantísima. A raíz de aquí, reprochaba a Albert que su visión de las obligaciones positivas son como el contrato social. En su réplica, el autor nos responde:

"La tesis que planteo no es ningún 'contrato social'. De hecho no es ni siquiera un contrato. Se trata, pura y simplemente, de no 'externalizar tus costes' como hace el Estado, sino de cargar con las consecuencias de tus actos cuidando de la persona que tú (y nadie más) ha puesto en una situación vulnerable y de dependencia. No tienes ninguna obligación de socorrer a gente que está en peligro por causas diversas ajenas a tu persona, pero sí tienes la obligación de socorrer a la persona que tú has puesto en peligro…". (Cursivas mías).

Desde un punto de vista liberal, la respuesta es sorprendentemente socialista. Primero, Albert defiende que su tesis de prohibir el aborto ha de ser impuesta por una causa de responsabilidad social, paternal en este caso. Algo así, está totalmente fuera del análisis del individualismo metodológico. El autor, esta vez, se proclama más responsable que los padres y les dice qué han de hacer y qué no:

"Se trata […] de cargar con las consecuencias de tus actos cuidando de la persona que tú (y nadie más) ha puesto en una situación vulnerable y de dependencia". (Cursivas mías).

La postura es arbitraria, anti individualista y colectivista. De hecho, es el mismo principio que usan los ecologistas (pero Albert no lo aceptará, por eso apunto que es arbitraria). Estos, como ya sabemos, afirman que las empresas (agrupación de actores económicos) y hombre singular ponen en peligro el planeta con sus actos al producir bienes, y en el consumo de estos y otros para su bienestar. Por ejemplo, ponemos gasolina al auto para satisfacer una necesidad. Lo que ocurre, es que algo así genera un coste que pone en peligro al planeta y lo vuelve más "vulnerable". Esto significa, que debido a la magnitud del hombre en la Tierra (somos muchos), situamos al planeta en una entorno de "dependencia" respecto a nosotros. Desde el punto de vista ecologista, el planeta se ha vuelto vulnerable y dependiente respecto a nosotros, la humanidad. ¿Solución? Imposiciones del científico, del político, del lobby para frenar tal situación. ¿Cuál? Multas, restricciones de todo tipo y prohibiciones. ¿Por qué el gobierno actúa así? Porque se proclama el responsable. Es un efecto causa-responsabilidad.

Tal análisis puede tener partidarios y detractores. ¿Por qué los liberales se oponen? Por el tipo de análisis y consecuencias. El análisis ecologista es colectivista: considera la sociedad y humanidad un todo, donde el individuo singular es una pieza del engranaje. El método del individualismo metodológico nos dice todo lo contrario: las restricciones al individualismo van contra las libres decisiones del actor económico y social. El hombre no mide las consecuencias de lo que supuestamente le pasa al planeta en el muy largo plazo porque no lo percibe o no tiene sufriente información como para aceptarlas como verdad. ¿Por qué para el mercado el petróleo no se agota? Porque su precio aún es bajo. Cuando se dispare, el mercado lo considerará escaso y buscará alternativas. El hombre siempre ha actuado así. El mercado evoluciona por esta razón, porque se encarga de satisfacer la más urgente de las necesidades, no las que no conoce ni puede predecir.

En el caso de la nota de Albert, el autor nos indica que la responsabilidad no nace de las consecuencias directas del hombre libre sobre el mismo, sino que algunas (de ahí la arbitrariedad), han de ser impuestas por alguien con una visión más social y global, el jerarca. Es éste quien interpreta el devenir de la sociedad de forma recta, ya que el hombre en libertad es incapaz de medirlas debido a su "limitada" visión social.

Hemos de dejar meridianamente claro que una obligación negativa, sólo puede existir si hay una contraparte expresa que ha dado su consentimiento. La obligación positiva es una deuda contraída con alguien. La obligación negativa sólo puede nacer de un contrato, fuera de éste, no tiene sentido alguno. Reitero lo que apunté en mi nota anterior, la extrapolación que hace Albert de las obligaciones negativas, son lo mismo que el contrato social. Esto significa que será partidario, por ejemplo, de constituciones o cartas magnas, esto es: de las obligaciones negativas del Estado. ¿El Estado tiene derecho a proclamarse defensor o tomar responsabilidades de nada sin el consentimiento expreso del hombre? Sí en el caso de Albert, ya que descontextualizamos la obligación negativa.

El autor me pregunta:

"… [S]i coges a un niño a cuestas para enseñarle a nadar en el mar y luego, cuando estás mar adentro, te cansas y no estás dispuesto a hacer el sacrificio de devolverlo a la orilla, ¿puedes abandonarlo allí mismo y dejar que se ahogue? ¿Tienes la obligación positiva de devolverlo a la orilla o tienes derecho a dejar que se ahogue?"

Como el tema "niño" acelera el corazón de todo el mundo, lo podemos cambiar por persona de cuarenta años que no sabe nadar, si queremos. No existe la obligación positiva de ayudar a nadie. Albert confunde obligación positiva, que no es más que una imposición moral, con castigo posterior de la justicia (no confundir con "la ley"). En el caso que alguien deje a otra persona en medio del mar y ésta no sepa nadar, no se le puede obligar al primero a rescatarlo, como tampoco se le puede obligar a quien es un simple espectador. No se puede discriminar en este aspecto, es arbitrariedad. En todo caso, y esto es lo importante, si el "abandonado" (palabra un tanto dramática) muere, tendremos que ver si quien lo ha dejado ahí es culpable de asesinato. Con la poca información que tenemos, responderemos que sí, y éste tendrá que ser castigado por la justicia. No será castigado por haber fallado a su "responsabilidad positiva", ya que no existe, sino que será castigado por haber atentado contra uno de los pilares del derecho natural: la vida de otra persona.

Ahora, relacionamos esto con el aborto. ¿Ha de ser la madre castigada por la justicia por abortar? No. ¿Por qué? Porque no atenta contra la vida de nadie. El feto no tiene derechos ni obligaciones, no puede entenderlos ni seguirlos ni responder por nada que haga. El feto es propiedad privada de la madre. El feto roba producción a la madre sin su consentimiento (en el caso que ella no lo desee). La madre tiene todo el derecho a abortar. No se la puede considerar una criminal. Aquí, Albert no contestó a un punto de mi crítica. ¿Si el feto tiene derechos, por qué no lo tienen los animales? También son seres vivos.

En este punto me hace una pregunta directa otra vez:

"¿[A]ceptas que si alguien crea un incendio deliberadamente, con la intención de que se queme el edificio entero, tiene la obligación de socorrer a los que están dentro? En otras palabras, la obligación de evitar que se consume el crimen en su totalidad".

Lo que acabamos de ver. No tiene obligación (moral) alguna de hacer nada. En una acusación individual —o varias— se le acusará de delitos contra la propiedad privada y la vida. El mal está hecho, y aunque no muera nadie, el causante del desastre, seguirá siendo culpable de crímenes y tendrá que pagar los costes que ha ocasionado. No se puede acusar a alguien por lo que ha hecho, y a la vez, por lo que no ha hecho (no ayudar). Es un juicio moral, anti individualista, arbitrario y colectivista. Sin darse cuenta, Albert considera al criminal como tal sin contemplar que tal vez no lo sea. Creo, y esto es un juicio personal que intuyo por lo que he leído, que Albert no distingue entre defensa y juicio posterior. Las reglas de cada uno son diferentes. Luego lo volveremos a anotar.

En este punto el autor da vueltas sobre lo mismo una y otra vez. Nos pone otro ejemplo, pero con un coche bomba ahora:

"Alguien que pone un coche bomba quizás solo quiere dar un susto a las autoridades sin que haya muertos, pero si varios civiles entran en el auto justo cuando explosiona, su intención no le exime de responsabilidad. La acción de colocar la bomba fue deliberada, y la bomba es la causa única y previsible de la explosión y sus consecuencias. Si los civiles dentro del coche siguen vivos ardiendo, ¿no tiene el individuo que los ha puesto en esa situación la obligación de socorrerles? ¿Tiene derecho a 'no poner en peligro su vida' o a no realizar un 'acto de solidaridad o altruista'? No se le pide [exige] que sea 'solidario', sino que salve la vida de aquellos a los que ha puesto en peligro de muerte y están agonizando por su culpa. En el caso de los progenitores no existe este componente de 'agresión' y 'culpa', pero sí son la causa de que el nuevo ser exista y se encuentre en una posición vulnerable/dependiente (en peligro de muerte)."

Da igual lo que pretenda quien pone un coche bomba. Directamente es culpable de atentar contra la vida de otros y destrozar la propiedad privada ajena. No es cuestión de intencionalidad en este caso, sino de hechos. Estas excusas de "yo no pretendía…" son absurdas y no tienen sentido. Aquí, Albert, relacionando la responsabilidad con el aborto otra vez. Parte de la base que el feto tiene derechos. Vuelvo a lo de antes. ¿Entonces también lo tienen los animales? ¿Si los animales no lo tienen porque son animales y el feto una persona en potencia, si vienen marcianos tampoco tendrían derechos?

Y vuelve sobre el tema antes mencionado:

"Dice Valín que no hay una relación causa-efecto entre poner en peligro a alguien y socorrerlo. Y es cierto, lo que hay es una relación causa-responsabilidad"

Esta "causa-responsabilidad" del autor es tan cierta como la de los ecologistas. Es colectivismo, es una relación arbitraria e inventada. El individualismo metodológico, tal y como lo entendemos los "austriacos", sólo establece relaciones de causa-efecto sobre el individuo. El autor aboga por un grado de socialismo o responsabilidades sociales, que en este caso son paternales o de los progenitores.

En mi nota anterior, afirmé que el autor de un crimen no tiene la obligación de entregarse. Albert afirma y pregunta:

"Desde luego el asesino tiene la obligación positiva de entregarse, pues no es más que el reverso del derecho de la víctima a aprehenderle (o de la ausencia de un derecho a huir). Decir que el asesino no tiene la obligación de entregarse equivale a decir que tiene derecho a huir, y un derecho a huir equivale implica un derecho a defenderse de quienes le impiden huir, lo que en última instancia significa que el asesino tiene derecho a defenderse de las víctimas que intentan ajusticiarle. ¿Está de acuerdo Valín con esta conclusión? Lo dudo."

No tienen una obligación individual de entregarse, pero sí social. Esto muestra más claramente el análisis anti individualista de Albert. En los comentarios, Judas apunta algo que iría por la respuesta correcta:

"Valín no sé, pero el resto del mundo civilizado sí. Y si no puedes pagarlo, te ponen un abogado de oficio".

Efectivamente, carece de sentido exigir a cualquier persona que no se defienda aunque no tenga razón. Albert lo juzga en un terreno colectivista, no individual. Es algo totalmente antinatural, por eso hay justicia. Si la responsabilidad colectiva fuese un axioma —tal y como pretende Albert y los pro–life— la justicia no existiría ya que todo el mundo se entregaría o ni siquiera cometería crímenes. Aquí llegamos a algo interesante sobre las contradicciones del análisis metodológico individualista (del liberalismo) y el de Albert que lo contrapone. La justicia (liberal) no responde a crímenes contra la sociedad, el rey o autarquía (origen del derecho penal), ni bienestar colectivo: sino contra el individuo.

El criminal, si huye de un crimen, pierde sus derechos en una zona concreta, pero deducir de aquí que el criminal no puede defenderse, en el campo de la justicia donde se diferencia significativamente del de la defensa, no tiene vínculo alguno. Una cosa es la defensa, otra el juicio. En ambos por eso, todos tienen el derecho negativo a defenderse y mantenerse con vida. En un juicio, no sabremos si el presunto criminal realmente lo es o no. Este es el problema de los ejemplos, no representan la complejidad de la realidad.

En su última nota, Albert sólo añade ejemplos a su teoría, pero no está respondiendo a lo que le pedimos:

  1. Cómo demuestra que la teoría pro–life no se sale del individualismo metodológico.
  2. Si extrapola las obligaciones negativas fuera del contrato —único lugar donde tienen sentido— cómo no puede aceptar otras teorías relacionadas con éstas.
  3. Cómo mide el autor dónde para la "responsabilidad" por la que aboga, para dejar invalidadas otras teorías que derivan del mismo principio colectivista, por ejemplo, el ecologismo. Expresado de otra forma, dónde está ese barómetro que mide las relaciones "causa–responsabilidad". ¿Qué es la responsabilidad para el autor?
  4. Si el feto es un ser vivo con derechos —en lugar de propiedad de la madre— por qué no se le puede aplicar lo mismo a los animales.
  5. Por qué la visión pro–life, o más concretamente la del autor, está por encima de la elección de los padres cuando el aborto no es un crimen.
  6. Quién es alguien para proclamarse valedor de la moralidad, o imponer que es lo realmente "responsable" fuera del análisis del individualismo metodológico o de las relaciones causa–efecto de la acción humana.
  7. Aquí añado una cosa. Teniendo en cuenta el carácter "utilitarista" de Albert en otros temas. ¿Qué ocurriría si el aborto tuviese un efecto positivo en la sociedad? Concretamente me estoy refiriendo a la visión de Steven Levitt y Stepehn Dubner. En Freakonomics, los autores apuntan que el aborto, en Estados Unidos redujo drásticamente el crimen ya que las abortistas eran en su mayoría pobres y personas de clases marginales. Al abortar, no nacieron potenciales criminales. No digo que comparta la idea, en realidad no es más que un análisis inductivista. ¿Cómo responde Albert a esto?

Yo no dudo del liberalismo de Albert Esplugas. Tampoco que no sea Anarcocapitalista, ¡qué lo es! Pero en este punto del aborto, recurre a una especie de responsabilidad colectivista que se sale del análisis liberal.

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